El incumplimiento del régimen de visitas en Catalunya: aspectos penales y civiles
¿Qué dice el Codi Civil de Catalunya sobre el régimen de visitas?
En Catalunya tenemos una regulación específica que nos diferencia del resto del Estado. El artículo 233-8 del Codi Civil de Catalunya establece que las responsabilidades de los progenitores respecto a sus hijos no se alteran por el hecho de que se hayan divorciado, separado o tenido su vínculo matrimonial anulado. La potestad parental sigue siendo compartida en todo momento. Y el artículo 233-9 nos obliga a los abogados de familia a redactar planes de parentalidad con un contenido mucho más detallado que el que exige el Código Civil estatal — lo que en teoría debería reducir los conflictos pero en la práctica no siempre lo consigue.
¿Qué ocurre cuando uno de los progenitores incumple el régimen de visitas?
Los motivos que se dan para justificar el incumplimiento son de lo más variado: que la nueva pareja no quiere a los hijos en casa, que no puede recogerlos porque dice que trabaja, que si no paga la pensión no ve a los hijos, que los hijos no soportan a su pareja... Ninguno de estos motivos es válido. El incumplimiento reiterado de una sentencia es exactamente eso — un incumplimiento — y tiene consecuencias jurídicas independientemente de las excusas que se den.
¿Qué vías tengo para reclamar el cumplimiento?
La primera y más recomendable es intentar hablar directamente con el otro progenitor. Sé que parece obvio, pero en muchos casos una conversación directa — o un burofax formal — es suficiente para reconducir la situación. Si eso no funciona, hay que interponer una demanda de ejecución de sentencia para que el juzgado requiera al progenitor incumplidor que cumpla con sus obligaciones. Si tras ese requerimiento judicial sigue incumpliendo, en virtud del artículo 776.2 de la LEC se le puede imponer una multa por cada mes que incumpla. Y si persiste, se enfrenta a un delito de desobediencia a la autoridad judicial del artículo 556 del Código Penal.
¿Puede llegar a perderse la custodia por incumplir el régimen de visitas?
Sí. El incumplimiento reiterado y acreditado es uno de los argumentos más sólidos para solicitar una modificación de medidas que cambie el régimen de custodia. Más aún — en casos especialmente graves y flagrantes puede valorarse la privación de la potestad parental, siempre que esa medida sea la más beneficiosa para el menor. Los jueces catalanes aplican el principio del favor filii — el interés del menor es siempre prioritario — y eso incluye protegerle de un progenitor que sistemáticamente le priva de la relación con el otro.
¿Qué es el Punto de Encuentro Familiar y cuándo se usa?
El Punto de Encuentro Familiar es un recurso muy útil en situaciones de alto conflicto donde los intercambios entre progenitores son problemáticos. El juzgado puede fijarlo como lugar de cumplimiento del régimen de visitas, lo que tiene dos ventajas importantes: los profesionales del punto pueden dar fe de los incumplimientos, y su informe puede ser determinante en una posterior modificación de medidas.
¿Qué hago si estoy viviendo esta situación?
Documenta todo desde el primer momento y contacta con nosotros cuanto antes. En Villa Boix Legal te ayudamos a construir el caso y a elegir la estrategia más inteligente para proteger tus derechos y los de tus hijos.
Elena Villa Boix — Abogada matrimonialista y penalista desde 2002

