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DERECHO DE FAMILIA· 2 may 2017 · 4 min de lectura

¿Qué eficacia tienen las medidas cautelares previas en Derecho de Familia?

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Elena Villa Boix
Abogada matrimonialista y penalista
Medidas cautelares previas

¿Qué son las medidas cautelares previas?

Cuando una pareja decide separarse o divorciarse pero todavía no ha presentado la demanda principal, existe la posibilidad de solicitar al juzgado unas medidas urgentes que regulen la situación de forma provisional mientras se tramita el procedimiento. Estas son las medidas cautelares previas — una herramienta fundamental en situaciones de urgencia que muchos clientes desconocen.

¿Sobre qué pueden decidirse las medidas cautelares previas?

En derecho de familia, las medidas cautelares previas tienen un ámbito limitado pero muy importante. Solo pueden adoptarse respecto a cuatro cuestiones: la patria potestad, la guarda y custodia de los hijos menores, la pensión de alimentos y el uso de la vivienda familiar. No pueden adoptarse sobre otras cuestiones económicas o patrimoniales — para eso hay que esperar al procedimiento principal.

¿Son de obligado cumplimiento desde el primer momento?

Sí, y esto es algo fundamental que hay que tener muy claro. Una vez dictada la resolución de medidas cautelares previas, es directamente ejecutable y de obligado cumplimiento para ambas partes. No hay que esperar a ninguna otra resolución para exigir su cumplimiento. Si una de las partes incumple las medidas mientras están vigentes, la parte afectada puede interponer una demanda de ejecución para hacerlas cumplir.

¿Cuánto tiempo tienen vigencia?

Aquí está el punto crítico que más me preguntan. Las medidas cautelares previas tienen una vigencia limitada en el tiempo. Para que mantengan su eficacia, es imprescindible que dentro del plazo de 30 días desde que se dictaron se presente la demanda del procedimiento principal — el divorcio, la separación o el procedimiento de medidas. Si no se presenta la demanda en ese plazo, las medidas cautelares previas pierden automáticamente su eficacia. Es decir, quedan sin efecto como si no hubieran existido.

¿Qué ocurre cuando se presenta la demanda principal?

Una vez presentada la demanda principal dentro del plazo, las medidas cautelares previas siguen siendo de obligado cumplimiento hasta que se obtenga la resolución del procedimiento principal. En ese momento, las medidas definitivas sustituyen a las cautelares previas y son las que rigen a partir de entonces.

¿Cuándo conviene solicitarlas?

Las medidas cautelares previas son especialmente útiles en situaciones de urgencia — cuando hay conflicto sobre la custodia de los hijos, cuando uno de los cónyuges ha abandonado el domicilio familiar o cuando hay un riesgo real de que la situación se deteriore antes de que se tramite el procedimiento principal. En Villa Boix Legal analizamos cada situación y te decimos si las medidas cautelares previas son la herramienta adecuada para tu caso.

Elena Villa Boix — Abogada matrimonialista y mediadora familiar desde 2002

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